Ordenanza 3786

VISTO:El Expediente nº 2019-4238-1 — Mesa de Entradas, registro municipal, iniciado por el señor MORON JOAQUIN    ALBERTO,   DNI nº 7.977.626, mediante el cual solicita aprobación de Plano de Mensura,  Unión  y subdivisión del  inmueble individualizado inscripto en  el registro parcelario    bajo  las  siguientes    nomenclaturas   catastrales: 2303112502049001/002   y 003.

Y CONSIDERANDO: Que  mediante el expediente mencionado en el visto se solicita visación y aprobación de un Plano  de Mensura   Unión  y Subdivisión por vía de excepción al Código de Urbanismo.

Que  la Sección de Catastro Municipal verificó lo expuesto e informa que de unificar los actuales lotes y luego subdividirlos quedan 17 lotes, y de acuerdo a la propuesta presentada por el señor Morón, 7 lotes no obtendrían frente a calle pública, proponiendo de acuerdo al plano, el lote 116, como pasillo privado dando   de esta forma ingreso  a los mismos.

Que  el Código de  Urbanismo establece el máximo  para pasajes,  la parcela 116 excede el  largo máximo  determinado, de esta forma  se puede observar que las mismas no afectan de manera significativa el entorno y los lotes resultantes reúnen las medidas mínimas exigidas para la zona.

Que por lo indicado anteriormente se considera dar curso a la solicitud de aprobación de Plano de Mensura y Subdivisión.

Por todo ello

EL  CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COSQUÍN

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

  1. AUTORIZAR  al DEPARTAMENTOEJECUTIVO a dictar el acto administrativo correspondiente a  efectos de  aprobar el  Plano  de Mensura    Unión y Subdivisión, por vía de excepción al  Código  de Edificación y Urbanismo, del inmueble  individualizado inscripto en el registro parcelario bajo las   siguientes nomenclaturas catastrales: inscripto en el registro parcelario bajo las siguientes nomenclaturas catastrales: 2303112502049001/002 y  003, en un todo de acuerdo a los informes  incorporados en el Expediente nº 2019-4238-1 — Mesa de Entradas, registro municipal y al Plano de Relevamiento presentado.
  1. EL propietario deberá presentar la documentación prevista en la Ordenanza nº 72/73-Código de Edificación y Urbanismo, con firma de profesional habilitado y abonar los derechos correspondientes.
  1. PROTOCOLÍCESE  y  comuníquese al  Departamento  Ejecutivo Municipal.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE A LOS 30 DÍAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO 2020

ORDENANZA Nº 3786/2020

Firmado: Diego Bastos Magi, secretario. Pablo Pinto, presidente.